Se acabó la espera. El Consejo Superior de Deportes (CSD) finalmente le da la razón al COB y obliga a la ACB a inscribirlo para la temporada 2015/2016.

Tras casi dos meses de espera desde que consiguió un merecido ascenso en la pista ante el Breogán por fin la afición respira tranquila. La fecha del 3 de julio aún está en la memoria de muchos «cobistas», día en el que la ACB decidió no inscribir al COB por no superar la auditoría económica. El club recurrió al TAD que se declaró incompetente y se acabó recurriendo al Consejo Superior de Deportes, que hoy, por fin, hace justicia con el club, la afición y la ciudad.

El CSD ha determinado estimar la reclamación efectuada por el Club Ourense Baloncesto, considerando que “a 30 de junio de 2015 cumplía el criterio establecido en el artículo 8.2 letra c) de los Estatutos ACB” en todos sus puntos, incluyendo la auditoría de estados financieros del club, pues dicho requisito “no puede interpretarse de manera que soslaye los derechos que en plazos e iter procedimental concede la legislación estatal”.

De esta manera, el Club Ourense Baloncesto cumpliría todos los requisitos para la admisión en la liga ACB, con quien durante la tarde del martes se han comunicado para que indique «lo antes posible los primeros pasos a tomar en esta próxima aventura del COB en la mejor liga de Europa».

La ACB, disconforme con la resolución del CSD

Tras conocer la resolución administrativa del CSD, la ACB ha hecho público un comunicado en el que muestra su «respetuosa pero absoluta disconformidad» con la decisión del Consejo Superior de Deportes, que considera «contradictoria» con la normativa establecida en los Estatutos y Reglamentos de la ACB. Por ello, la asociación de clubes entiende que esta decisiión genera «una grave inseguridad jurídica tanto en la aplicación de las normas de control económico de los clubes como en los procesos de ascensos y descensos». Por estos motivos, la ACB solicita con carácter de urgencia informes jurídicos a despachos expertos en derecho deportivo «para interpretar y aplicar la resolución del CSD de 11 de agosto».